- Los infractores se enfrentan a una posible sanción que en su grado mínimo supone 601 euros y el comiso del arma
- Se recuerda que las zonas de ocio no son lugares habituales para su uso, estando por tanto prohibido llevarlas
3 de julio de 2019.- La Guardia Civil ha intervenido día atrás en Las Merindades una navaja de grandes dimensiones y un “puño americano” o llave de pugilato metálica, confeccionando sendas denuncias a sus propietarios por infracción grave en materia de seguridad ciudadana por portar un arma prohibida o por hacerlo fuera de los lugares habilitados para su uso (zonas de ocio).
El resultado es fruto del dispositivo preventivo de seguridad ciudadana llevado a cabo días atrás, en el marco del operativo diseñado por la Comandancia de Burgos con motivo del masivo desplazamiento de jóvenes con ocasión de las fiestas patronales o en previsión de una gran afluencia de gente, vigilando los accesos y proximidades de las zonas de ocio y alterne.
En uno de estos puntos llevado a cabo en Las Merindades, tras un somero registro al interior de un vehículo fue localizada una navaja dotada de un solo filo y hoja de 15 centímetros de longitud.
También en la misma comarca fue detectado entre las pertenencias de uno de los ocupantes de otro vehículo identificado, concretamente en una mochila de su propiedad, un “puño americano” o llave de pugilato metálica.
Ambas armas “prohibidas” fueron intervenidas quedando depositadas a disposición de la Autoridad, siendo denunciados sus propietarios, quienes se enfrentan a una posible sanción económica, por infracción grave, comprendida entre 601 a 10.400 euros y el comiso del arma.
Intensificación de los servicios preventivos y disuasorios
Bajo un operativo basado en la proximidad y una mayor presencia policial, durante la presente “campaña” veraniega la Guardia Civil de Burgos continuará con la misma línea y para ello tiene previsto intensificar y reforzar los servicios, aportando mayor presencia de patrullas en las proximidades de los núcleos donde se desarrollan las verbenas o se prevea asistencia masiva de personas o de desplazamientos en coche, controlando los accesos.
Se trata de evitar conductas delictivas, peleas o altercados, la venta de drogas y estupefacientes o el portar armas blancas.
El Subsector de Tráfico apoyará estos operativos verificando la ingesta de alcohol y el consumo drogas al volante durante los desplazamientos.
Reglamentación para uso y tenencia
Portar determinadas armas blancas constituye una infracción administrativa grave, tipificada en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana en relación con el Reglamento de Armas, legislación que regula la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las armas o de sus limitaciones.
En España, está autorizada la tenencia de armas blancas, excepto las automáticas que no lo está, entendiendo la palabra “tenencia” como el hecho de poseerla con fines de ornato o coleccionismo en un domicilio.
Se consideran armas blancas prohibidas aquellas cuya longitud de su hoja es superior 11 centímetros; éstas no pueden portarse en el cinturón, en el bolsillo, bolsos o en el vehículo…, excepto si se justifica su función o empleo (trabajo, micología, caza, pesca, picnic, etc).
Por contra, se puede portar una navaja cuya hoja sea inferior a 11 centímetros, excepto cuando se hace fuera de los lugares habituales para su uso; las zonas de ocio no son lugares habituales para su uso por tanto, en estos sitios, queda prohibida llevarlas.